a) Ser una sociedad mercantil legalmente constituida al amparo de la legislación vigente en los Estados Unidos Mexicanos, con plena facultad para obligarse en los términos del presente instrumento.
b) Designar como domicilio legal para todos los efectos derivados de este contrato el inmueble señalado en la solicitud adjunta.
c) Mantener como canal oficial de comunicación el sitio web referido en la citada solicitud.
a) Ser una persona física que comparece por propio derecho, con plena capacidad jurídica para contratar y obligarse, manifestando que su consentimiento se otorga libre de vicios (error, dolo, mala fe, violencia o lesión).
b) Ratificar como su domicilio contractual el inmueble descrito en la solicitud de crédito.
c) Garantizar que toda la documentación e información proporcionada al Prestamista es auténtica, veraz y se encuentra actualizada.
d) Manifestar que cuenta con la solvencia económica necesaria para cubrir las obligaciones pecuniarias del contrato, y que el origen de sus recursos es estrictamente lícito.
e) Confirmar que el Prestamista le ha informado previamente sobre el alcance, contenido y consecuencias jurídicas de cada una de las cláusulas de este contrato.
a) Ambas partes expresan su voluntad de perfeccionar el otorgamiento del Crédito y asumir las obligaciones derivadas del mismo, aceptando el uso de medios electrónicos para su formalización.
b) Coincidir en que los títulos de las cláusulas se incluyen únicamente con fines informativos y de organización, por lo que no deberán limitar ni afectar la interpretación del texto.
c) Reconocerse recíprocamente la personalidad y capacidad legal con la que se ostentan para la celebración del presente acto jurídico.
El Prestamista abre una línea de crédito simple a favor del Prestatario hasta por el monto límite autorizado, acordando ambas partes que los honorarios, comisiones y gastos operativos no computarán para efectos de dicho límite. El Prestatario podrá realizar la disposición de los fondos en una o más exhibiciones, sin exceder el remanente de su línea de crédito, sujeto a: i) la emisión de una instrucción de disposición debidamente autorizada por medios electrónicos, lo cual constituirá el consentimiento expreso de las Partes, y ii) la suscripción y aceptación del pagaré correspondiente que ampare cada operación. El Prestamista dispersará el importe del crédito en la cuenta del Prestatario siempre que se cumplan los requisitos previstos en el presente Contrato.
Asimismo, las partes reconocen que el Prestatario instruye y autoriza de manera expresa e irrevocable al Prestamista para realizar el desembolso mediante transferencia electrónica o interbancaria por un monto equivalente a la disposición solicitada, descontando, en su caso, cualquier depósito en garantía o retención pactada en las instrucciones de disposición. Una vez efectuado el depósito en la cuenta del Prestatario: i) se considerará que el Prestamista ha dado cabal cumplimiento a su obligación de entrega y ii) se entenderá que el Prestatario ha recibido el importe a su entera satisfacción, ratificando dicha recepción mediante su firma electrónica. Como consecuencia de lo anterior, el Prestatario queda obligado al pago total del monto dispuesto conforme a las estipulaciones aquí contenidas. Finalmente, el Prestatario podrá solicitar la modificación de su cuenta bancaria receptora mediante aviso por escrito a través de la Aplicación o correo electrónico, siempre que la nueva cuenta se encuentre registrada a su nombre.
Las partes acuerdan que, en el caso del Prestatario, la aceptación del contrato se interpretará como la externalización del PIN al Prestatario previa adopción de la solicitud y verificación de identidad a petición del Prestatario. La aceptación por parte del Prestamista se interpretará como la externalización de la línea de crédito disponible.
Las partes determinan que la línea de crédito se utilizará para los fines y / o fines que el Prestatario decida libremente. El Prestatario declara que el destino del crédito es legal y será legal.
Se acuerda que la línea de crédito se entregará de conformidad con las instrucciones del prestatario en la nota de suministro. Como resultado de la ejecución de las instrucciones de revocación de la línea de crédito, el prestatario está obligado a pagar al prestamista el importe total de la línea de crédito.
En caso de que el Prestatario no pague el importe total del crédito a tiempo, el Prestamista deberá pagar una Comisión de cobro de conformidad con las siguientes condiciones: i) del primer día al sexto día del retraso (incluido), la Comisión de cobro Diario será la cantidad especificada en el anexo correspondiente para esta hipótesis y el Prestamista solicitará una prórroga de cada día; Ii) a partir del séptimo día de retraso, se aplicará la cantidad indicada en el anexo correspondiente, que podrá exigirse si el Prestamista adopta medidas judiciales o extrajudiciales contra el Prestatario.
El prestatario acepta pagar al prestamista por los servicios prestados. La comisión de servicio será un importe calculado en función del límite de crédito indicado en la carátula y deberá ser abonado por el prestatario con el límite de crédito dentro del plazo de pago. El prestamista notificará al prestatario mediante solicitud el importe de la comisión de servicio correspondiente a cada nuevo plazo, que deberá ser abonado por el prestatario en la fecha de vencimiento del pago.
El Prestatario se compromete a pagar al Prestamista el importe total de la Carta de crédito y, en su caso, la Comisión de cobro resultante. Para cumplir las obligaciones contraídas en virtud del contrato, el Prestatario deberá efectuar el pago dentro del plazo de pago mediante:
(i) Pago en redes comerciales: El Prestatario podrá efectuar sus pagos en una amplia red de comercios asociados, los cuales pueden consultarse en tiempo real en el apartado de "Reembolso" dentro de su Cuenta de Perfil. En dicha sección se mostrarán los datos e instrucciones correspondientes, siendo estrictamente necesario ingresar la referencia numérica indicada al momento de la transacción.
(ii) Pago por débito directo: el débito autoriza al crédito mediante la firma de un formulario de débito directo adjunto al presente contrato a fin de cobrar una tasa en la fecha límite de pago de los recursos de la cuenta bancaria proporcionada en la solicitud, descontando el importe total del crédito o cualquier otro pago resultante de la falta de pago oportuno En virtud del presente contrato. Lo anterior, siempre que el Prestatario sea siempre el titular de la cuenta a tal efecto. Las Partes convienen en que, en caso de que un intento de cobro falle debido a la falta de fondos, el Prestatario pagará a la entidad de crédito un descuento en los pagos de adeudo directo.
(iii) Pago por transferencia electrónica referenciado: A la cuenta CLABE referenciada mencionada en la Instrucción de Disposición o la cual podrá encontrar en la App en el apartado de Reembolso.
Se hace del conocimiento al Prestatario que al optar realizar el pago por los medios que se indican en los incisos i), y iii), el proveedor del servicio cobrará una comisión o costo por servicio por transacción. De lo anterior se desprende que el Prestamista no es el beneficiario de esos gastos, sino el tercero que recibe el pago, por lo que los gastos pueden variar de vez en cuando.
En el acta, el Prestatario declara que entiende y reconoce plenamente que la cuenta en la que debe pagar el importe total de la Carta de crédito debe estar a nombre del Prestamista y que, por consiguiente, en ningún momento debe pagar ninguna cantidad en otra cuenta en la que el Prestamista no sea beneficiario. Si el pago del importe total del crédito no se refleja en los registros contables del crédito, adrede debe certificar el pago mediante recibos de transferencia, certificados de depósito o facturas correspondientes.
Las Partes convienen en que todos los pagos efectuados por el Prestatario al Prestamista en virtud del presente Acuerdo no se deducirán ni retendrán en concepto alguno a más tardar en la fecha límite de pago especificada en la Carátula.
Todos los pagos efectuados por la Prestataria en virtud del Contrato serán aplicados por el Prestamista en el siguiente orden: (i) pagos de impuestos, (ii) comisiones de cobro, (iii) comisiones de servicio, y (iv) pagos de la línea de crédito. Los pagos serán autenticados por el Prestamista (i) en efectivo: el mismo día del pago del Prestatario, (ii) por transferencia electrónica. La fecha en que se realicen estas transferencias.
El Prestatario cancelará el contrato en el plazo de un día a partir de la fecha de la firma del contrato y no asumirá ninguna responsabilidad ni incurrirá en ninguna Comisión por este concepto; Mientras no se deduzcan las líneas de crédito.
La validez del presente contrato se indicará en la Carátula, y se calculará a partir de la fecha de su ejecución. No obstante, lo anterior, las Partes convienen en que surtirá efecto mientras el Prestatario tenga deudas pendientes.
Para dar su consentimiento, el Prestatario debe utilizar medios electrónicos que le permitan autenticarse: i) sobre la base de la información personal del Prestatario (cuya disponibilidad se supone razonablemente), la identidad del Prestatario. Ii) introducir un pin expresado electrónicamente. Con este fin, antes de aceptar el importe del crédito, el Prestatario le proporciona una contraseña personal (NIP) a través de su número de teléfono móvil, mediante la cual el Prestatario puede verificar cualquier operación que acuerde realizar electrónicamente, la clave será personal e intransferible y su protección, confidencialidad y responsabilidad sólo serán asumidas por el Prestatario. Bajo el mecanismo proporcionado por el Prestamista, el NIP puede ser modificado a petición del Prestatario. Iii) enviar una clave de autenticación (NIP) por cualquier medio de comunicación autorizado al Prestatario, que deberá introducirse o facilitarse electrónicamente. Cualquier medio alternativo que permita al Prestamista identificar al Prestatario electrónicamente (por ejemplo, fotografía, audio, geolocalización, etc.).
El Prestatario autoriza de manera expresa que tanto el presente Crédito como las operaciones futuras se formalicen mediante Medios Electrónicos, reconociendo que: (i) la utilización de dichos medios es una condición indispensable para la existencia y ejecución del contrato, y (ii) el producto financiero está vinculado intrínsecamente a la plataforma digital del Prestamista. Asimismo, el Prestamista podrá ofrecer créditos adicionales basados en el comportamiento de pago y el historial crediticio del Prestatario. Para su perfeccionamiento, el Prestatario deberá aceptar las nuevas condiciones mediante el uso de su contraseña y NIP (Número de Identificación Personal) en su Perfil de Usuario. Se estipula que dichas credenciales son de uso personal e intransferible, siendo responsabilidad exclusiva del Prestatario su custodia y confidencialidad.
Por otra parte, en la contratación por Medios Electrónicos, el Prestatario otorga su consentimiento expreso para: (a) la disposición de los recursos; (b) la consulta recurrente de su historial ante Sociedades de Información Crediticia; y (c) la notificación sobre cualquier cesión de derechos o transmisión de la cartera de crédito que el Prestamista realice a favor de terceros.
Las Partes convienen que los mensajes de datos generados y almacenados como consecuencia de estas operaciones constituirán prueba plena y suficiente de las obligaciones contraídas, siendo admisibles ante cualquier autoridad judicial en caso de incumplimiento. El Prestatario asume la responsabilidad por los daños y perjuicios derivados del uso indebido de la Aplicación y deslinda al Prestamista de cualquier responsabilidad por el uso negligente de sus claves de acceso o PIN. En caso de robo, extravío o vulneración de sus credenciales, el Prestatario se obliga a notificar de forma inmediata y por escrito al Prestamista a través de los canales autorizados, a fin de proceder con el bloqueo preventivo de su Cuenta de Datos Personales y mitigar riesgos de acceso no autorizado.
Las partes reconocen el carácter comercial de las acciones asociadas a los medios electrónicos y a tal efecto acuerdan que toda la información generada, enviada, recibida, archivada o transmitida por medios electrónicos se entenderá como mensajes de datos. Se entenderá que se han enviado mensajes de datos cuando el Prestatario realice una acción a través del dispositivo respectivo utilizando el código de acceso o PIN a que se refieren estas condiciones. Se entiende que el Prestamista recibirá mensajes de datos del Prestatario cuando éste utilice el respectivo dispositivo y que el Prestatario recibirá información proporcionada a través del Servicio cuando el Prestatario tenga acceso al Servicio.
El Prestamista podrá modificar el presente Acuerdo y sus anexos. Dichas modificaciones deberán ser notificadas al Prestatario con al menos 30 (treinta) días naturales de antelación a la Fecha de Entrada en Vigor. El Prestamista notificará y difundirá mediante su aplicación las modificaciones del presente Contrato, en las que deberá constar el domicilio y número de teléfono, un resumen de la modificación, junto con la comisión y el tipo de interés, la fecha de entrada en vigor del acuerdo y el derecho del Prestatario a rescindir el presente Pagaré sin responsabilidad alguna. Si la Prestataria no estuviera de acuerdo con la modificación propuesta, podrá solicitar la resolución anticipada del presente Contrato dentro de los 30 días siguientes a la entrega de la notificación aquí referida, sin responsabilidad alguna por su parte y con sujeción a las condiciones inicialmente pactadas, que deberán haber cubierto previamente todas las responsabilidades derivadas del Contrato entre ella y el Prestamista. Se considerará que la Prestataria ha aceptado dicha modificación si ha transcurrido el plazo especificado para la entrada en vigor de la modificación del contrato y la Prestataria no ha indicado una resolución anterior al respecto.
El Prestatario no cederá ningún derecho u obligación en virtud de los términos del Contrato a su favor o a su cargo sin la previa aprobación por escrito del Prestamista y, en consecuencia, cualquier cesión en términos distintos a los previstos en el presente documento será nula y no será reconocida por el Prestamista. No obstante, lo anterior, el Prestatario autoriza expresamente al Prestamista a endosar, ceder, transmitir, transferir, negociar, afectar y/o garantizar en cualquier momento cualquier derecho, y cualquier derecho bajo este Contrato o términos futuros, en parte o en su totalidad a favor del Prestamista. Las disposiciones de este párrafo se aplicarán igualmente a cualquier acreedor, sucesor posterior.
En caso de pago del Monto Total del Crédito, se dará por terminado el Contrato y, por lo tanto, el Prestamista procederá a la entrega a favor del Prestatario de una Carta de no Adeudo. Dicha entrega se realizará vía electrónica mediante la App o al correo electrónico proporcionado en la Solicitud por el Prestatario, dentro de los 30 Días Hábiles siguientes al Día Hábil en que el Prestamista reciba del Prestatario el requerimiento correspondiente. Una vez realizada la entrega mencionada en la presente Cláusula, realizará el reporte pertinente ante las sociedades de información crediticia. En el supuesto de no pago total o parcial del Monto Total del Crédito por parte del Prestatario, el Prestamista podrá aplicar el Depósito en Garantía contra el Monto del Crédito.
Si ocurre alguno de los siguientes casos, el Prestamista está facultado, pero no tendrá la obligación, de dar por vencido anticipadamente el presente Contrato, y por ende reclamar el pago inmediato del Monto Total del Crédito y las demás cantidades generadas conforme al Contrato, siendo exigible y pagadera por el Prestatario inmediatamente, sin necesidad de requerimiento, notificación o aviso adicional; (i) La falta de pago en tiempo y forma del Monto Total del Crédito o cantidades de otro tipo que se adeuden conforme al presente Contrato, por parte del Prestatario; (ii) La determinación de que alguna declaración del Prestatario es falsa o incorrecta, o que algún documento entregado por el Prestatario al Prestamista es falso; (iii) El incumplimiento por el Prestatario de cualquier obligación, convenio o acuerdo que deba ser cumplido conforme al presente Contrato; (iv) El estado de insolvencia del Prestatario, o la cesión del Prestatario de una parte substancial de sus activos en favor de sus acreedores, o la privación del dominio, custodia o control de una parte substancial de los activos o negocios del Prestatario, por expropiación, embargo o intervención por alguna autoridad gubernamental; (v) Si el Prestatario realiza actos tendientes a enajenarse o a gravarse durante la vigencia del presente Contrato, sin el previo consentimiento por escrito del Prestamista; (vi) Si el Monto del crédito no es utilizado para los fines que se señalan en Instrucción de Disposición. (vii) Si el Prestatario deja de pagar sus contribuciones fiscales, o bien si se presentan problemas laborales o fiscales que pongan en riesgo la continuidad de las operaciones normales del Prestatario. (viii) Otorgar una cuenta bancaria de la cual el Prestatario no es el titular. (ix) Si el Prestatario cambia de domicilio sin realizar el aviso respectivo. (x) Si el Prestatario se rehúsa a otorgar al Prestamista cualquier documento vinculado con el Crédito, que en su caso le requiera.
Si en cualquier momento el Prestamista se viera obligado por ley a cumplir cualquiera de las obligaciones del Prestatario en virtud del presente Contrato, se acuerda expresamente que el Prestamista, a su entera discreción, ordenará el embargo de los activos.
El presente Contrato junto con la certificación del estado de cuenta que realice el Contador del Prestamista respecto del estado que guarde el(los) Crédito(s), será título ejecutivo, por lo que el Prestamista estará facultado en caso de incumplimiento o vencimiento anticipado a demandar en la vía ejecutiva mercantil o por la vía judicial que más le convenga.
Reclamaciones o Aclaraciones. Los prestatarios pueden ponerse en contacto con el Servicio de Atención al Cliente por teléfono en el 57 9475602643 o por correo electrónico a saharafinancecredit@gmail.com en cualquier momento durante el horario de atención de 09:00 a 18:00 horas de lunes a viernes para que pueda presentar una consulta, reclamación o aclaración sobre el crédito.
Para presentar su consulta, reclamación o aclaración, debe describir el motivo que le ha llevado a ello, anexar su identificación, así como la evidencia por la que la presenta. El Prestamista tendrá 5 días naturales siguientes contados a partir de la recepción de la llamada o correo electrónico del Prestatario para manifestar la procedencia o improcedencia de la queja. Asimismo, en caso de que el Prestatario desee solicitar la factura referente al pago del Crédito, éste deberá hacerlo vía correo electrónico anexando la documentación anteriormente mencionada.
El presente contrato se rige por lo dispuesto en sus Cláusulas, en su defecto y supletoriamente, por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, Código de Comercio, así como el Código Civil Federal.
Las PARTES señalan como sus domicilios para los efectos de notificaciones de carácter extrajudicial o judicial que se relacionen con el Contrato, los que refieren en la Solicitud y en el apartado de DECLARACIONES respectivamente. Las partes podrán cambiar o especificar cualquier otra dirección en el futuro con al menos 10 días naturales de antelación, avisando a la otra parte en sus respectivos medios de comunicación autorizados. Se entiende que, si no se notifica dicho cambio, cada notificación que se haga a la parte correspondiente en la dirección correspondiente se considerará en su perjuicio.
Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la Ciudad de México, por lo que renuncian a cualquier otro fuero, presente o futuro, que les corresponda o pueda corresponder por razón de su domicilio o por cualquier otro motivo.
Los subtítulos de cada cláusula de este Acuerdo son sólo para información y lectura de las partes y no afectarán a la interpretación de este Acuerdo.
Las partes declaran haber leído y comprendido el alcance de este contrato y se comprometen a celebrarlo de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio y el artículo 95 Bis respecto de las operaciones relativas al otorgamiento de créditos de manera remota en cuanto a la declaración de su voluntad.
Las partes acuerdan celebrar el presente contrato mediante una declaración de intenciones mutuas, de conformidad con las Disposiciones del Código de Comercio y el artículo 95 Bis respecto de las operaciones relativas al otorgamiento de créditos de manera remota en cuanto a la declaración de su voluntad.
Por el presente pagaré, el suscriptor en su calidad de Deudor se obliga y promete pagar de manera incondicional a la orden del Acreedor, la cantidad principal dispuesta a través de la plataforma digital, junto con sus respectivos accesorios financieros. El pago deberá realizarse en una sola exhibición en la fecha de vencimiento establecida en la aplicación o en cualquier domicilio donde se le requiera legalmente el cobro.
El Deudor manifiesta su conformidad expresa para que: (i) el Acreedor o cualquier Tenedor posterior pueda endosar, ceder, descontar o negociar de cualquier forma el presente título de crédito y los derechos en él contenidos, en cualquier momento y sin restricción alguna; (ii) se prorrogue el plazo de exigibilidad del presente documento conforme a la normativa aplicable; y (iii) en caso de mora o incumplimiento de las obligaciones de pago, el Tenedor pueda dar por vencido anticipadamente el plazo total de la obligación, siendo exigible de inmediato el saldo insoluto.
La introducción de la firma electrónica por parte del Deudor constituye la manifestación de su consentimiento expreso y soberano. Lo anterior servirá como prueba plena de su obligación conforme a lo dispuesto por el Código de Comercio y demás leyes vigentes, vinculándolo legalmente al cumplimiento de este pagaré.
Para la interpretación, ejecución y cumplimiento de este título, el Deudor se somete irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales competentes en el domicilio del Acreedor o del Tenedor vigente al momento de la reclamación, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra causa, pudiera corresponderle.
A la atención de esta aplicación (en adelante, el "Prestamista").
Por conducto de la presente instrucción de disposición, el suscrito en mi carácter de Prestatario, y para los efectos de lo estipulado en el Contrato de Apertura de Crédito Simple celebrado con el Prestamista en la fecha de registro correspondiente, por el cual se me otorga la cantidad principal autorizada a través de la plataforma digital, manifiesto lo siguiente:
(i) De conformidad con la Cláusula Cuarta del Contrato, el destino del importe del crédito será el declarado por el Prestatario en su solicitud para fines lícitos.
(ii) Designo como cuenta receptora para la dispersión de los fondos los datos bancarios registrados en mi perfil de usuario, correspondientes a la entidad financiera y a la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) proporcionadas, siendo el Prestatario el único beneficiario de la misma.
(iii) Instruyo de manera expresa e irrevocable al Prestamista para que, del Monto del Crédito otorgado, realice el descuento por concepto de Depósito en Garantía indicado en la carátula del crédito, procediendo a dispersar en la cuenta mencionada en el numeral anterior únicamente la cantidad remanente neta.
El Prestatario reconoce y acepta que la información relativa a su cuenta bancaria y al destino del crédito ha sido proporcionada de forma correcta y completa; en consecuencia, deslinda al Prestamista de cualquier responsabilidad derivada de errores, omisiones o inexactitud en los datos facilitados.
El Prestatario se obliga a liquidar el importe total del crédito en el tiempo y forma pactados en el Contrato y su Carátula. Dicho pago se efectuará mediante domiciliación bancaria, depósito en establecimientos autorizados o transferencia electrónica a la cuenta referenciada, cuyos datos podrán consultarse en la sección de "Reembolso" dentro de la Aplicación.
Las Partes acuerdan formalizar el presente acto jurídico mediante la manifestación de su voluntad por medios electrónicos, de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio y demás disposiciones legales aplicables a la contratación de servicios financieros de manera remota.
Con el fin de prestar el mejor servicio posible al Cliente, el Cliente acepta y autoriza al Prestador a obtener información sobre el Cliente distinta de la que el Cliente facilite voluntariamente al Prestador en el momento de solicitar o utilizar el servicio mediante.
(i) Recoger cualquier información relacionada con el servicio que usted retenga con las filiales del Prestamista.
(ii) Recopilar cualquier información relacionada con el servicio que conserve el cliente y los socios del prestamista, incluidos, entre otros, las empresas de microfinanciación, las empresas de garantía, las empresas de factoring, las empresas de fondos, las instituciones de valores, las empresas fiduciarias, otros socios terceros, etc.
(iii) Consultar, verificar, imprimir y mantener información y/o reportes crediticios con bancos mexicanos, burós de crédito, agencias de evaluación crediticia u organismos similares autorizados por la ley o por el organismo regulador correspondiente al cliente.
(iv) Recabar, imprimir y conservar cualquier información relacionada con el servicio de las autoridades administrativas y judiciales; y recabar cualquier información relacionada con el servicio de las personas físicas, jurídicas y otras organizaciones que conserven legalmente información sobre el cliente.
(i) Información identificativa del cliente y de las partes relacionadas con el cliente, incluyendo, entre otros, el nombre, el número de identificación, el lugar de residencia, el número de teléfono, la dirección de correo electrónico, la información biométrica y otros datos identificativos.
(ii) Registros de las acciones del cliente al acceder al sitio web del servicio y a sus sitios web relacionados, o a los clientes del dispositivo móvil del servicio, o al utilizar el servicio, incluyendo, pero sin limitarse a ello, la dirección IP del ordenador, el identificador del dispositivo, el modelo de hardware, la versión del sistema operativo, la ubicación del cliente y la información de registro relacionada con el servicio.
(iii) Información crediticia del cliente, incluyendo, pero no limitándose a los registros de crédito e informes de crédito.
(iv) Información sobre la propiedad del cliente, incluyendo, pero sin limitarse a ello, las operaciones de la tienda/negocio del cliente, información financiera y fiscal, información sobre la propiedad, información sobre el vehículo, información sobre inversiones y finanzas como fondos, seguros, acciones, fideicomisos y bonos, e información sobre responsabilidades.
(v) Cualquier información conservada por el cliente con las autoridades administrativas y judiciales, incluyendo, pero sin limitarse a ello, la información de registro del hogar, la información comercial e industrial, la información sobre litigios, la información sobre la aplicación de la ley y la información sobre infracciones y delitos del cliente como controlador real de la empresa.
(i) Análisis y Modelado: Desarrollar modelos de análisis de datos y perfilamiento con el objetivo de ofrecer soluciones de financiamiento, facturación y gestión de riesgos personalizadas, así como para la optimización continua de los servicios prestados.
(ii) Prestación de Servicios Financieros: Ejecutar todas las gestiones necesarias para el otorgamiento de crédito y financiamiento, incluyendo de manera integral la realización de evaluaciones crediticias y análisis de solvencia previos a la contratación.
(iii) Verificación de Identidad: Validar la exactitud de los datos proporcionados y realizar cotejos con terceros o autoridades competentes para garantizar la autenticidad de la información de identificación del Cliente.
(iv) Gestión de Riesgos: Evaluar la situación patrimonial o comercial del Cliente y sus partes relacionadas, con el fin de implementar medidas de prevención de fraude y mitigación de riesgos operativos.
(v) Comunicación Comercial y Notificaciones: Remitir actualizaciones sobre el estado del servicio, alertas, campañas publicitarias y cualquier información comercial de interés a través de correo electrónico, mensajería instantánea (SMS) o cualquier otro medio de comunicación electrónica.